Cargos por Armas y Armas de Fuego | Jupiter, Florida

Abogado de Cargos por Armas en Jupiter, FL

Los cargos por armas de fuego en Florida conllevan mínimos obligatorios que no dejan margen de error. Estrategia de exfiscal para casos de armas en el Condado de Palm Beach.

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Cargos por Armas y Armas de Fuego en Florida: Lo Que Enfrenta

Portar un Arma Oculta Sin Licencia

Bajo el Estatuto 790.01 de Florida, portar un arma que no es de fuego oculta sin licencia es un delito menor de primer grado. Portar un arma de fuego oculta sin una licencia de arma oculta válida es un delito grave de tercer grado, con hasta 5 años de prisión y una multa de $5,000. La clave es si el arma estaba "oculta" — parcialmente cubierta, en un bolso o estuche, o de otra manera fuera de la vista ordinaria. Esa determinación a menudo depende de las observaciones específicas del oficial en la escena.

Posesión de Arma de Fuego por un Convicto

El Estatuto 790.23 de Florida prohíbe a cualquier persona con una condena por delito grave anterior poseer, portar, o tener bajo su control un arma de fuego o municiones. El cargo es un delito grave de segundo grado con hasta 15 años de prisión. No existe ninguna distinción sobre si el arma estaba cargada, si se usó, o si el acusado lo sabía — la posesión sola es suficiente. La defensa con frecuencia se centra en si la posesión fue real o constructiva y si el estado puede establecer conocimiento.

La Ley 10-20-Cadena Perpetua de Florida

El Estatuto 775.087 de Florida impone sentencias mínimas obligatorias cuando un arma de fuego se usa durante ciertos delitos graves: un mínimo de 10 años si el acusado portaba un arma de fuego; un mínimo de 20 años si el arma fue disparada; y un mínimo de 25 años a cadena perpetua si alguien fue herido o muerto como resultado. Estas sentencias son obligatorias — el juez no puede imponer menos. El cargo subyacente que desencadena el aumento y si el acusado realmente "portó" el arma son impugnaciones de defensa centrales.

Impugnar el Registro y la Incautación

Si las fuerzas del orden encontraron el arma a través de un registro ilegal — ya sea una parada de tráfico sin causa probable, una búsqueda sin orden sin una excepción válida, o un registro que excedió el alcance del consentimiento — una moción para suprimir puede resultar en que el arma sea excluida como evidencia. Sin el arma, muchos cargos por armas no pueden sostenerse. El análisis de Cuarta Enmienda es central para cualquier caso de armas y comienza con una revisión detallada de cómo los oficiales interactuaron con el acusado.

Exhibición Inapropiada de un Arma

El Estatuto 790.10 de Florida prohíbe exhibir un arma de fuego o cualquier arma en presencia de una o más personas de una manera calculada para ocasionar miedo, o mostrar o agitar imprudentemente el arma. Es un delito menor de primer grado. Si bien es un cargo menos grave que portar oculta, sigue apareciendo en los antecedentes penales y puede tener consecuencias colaterales. Los cargos de exhibición a menudo se presentan cuando el comportamiento fue imprudente pero no hubo evidencia de intención delictiva real.

Cargos por Armas y Exposición Federal

Ciertos cargos por armas de fuego en Florida también pueden dar lugar a cargos federales, especialmente cuando el arma cruzó líneas estatales, involucró a un convicto de delito grave, o estaba vinculada a tráfico de drogas. Los cargos federales por armas conllevan sus propios mínimos obligatorios y se procesan en el tribunal federal, con diferentes reglas y resultados potenciales más severos. Si su caso involucra circunstancias que podrían atraer atención federal, esa exposición debe evaluarse desde el principio.

Preguntas Frecuentes

¿Es un delito grave portar un arma de fuego oculta sin licencia en Florida?

Sí. Portar un arma de fuego oculta sin una licencia de arma oculta válida bajo el Estatuto 790.01(2) de Florida es un delito grave de tercer grado, con hasta 5 años de prisión y una multa de $5,000. Portar un arma que no es de fuego oculta es un delito menor de primer grado. Si usted tiene una licencia de arma oculta válida, la situación cambia — pero la validez de la licencia y si el arma realmente estaba "oculta" son preguntas que pueden impugnarse.

¿Qué es la ley 10-20-Cadena Perpetua de Florida?

La ley 10-20-Cadena Perpetua bajo el Estatuto 775.087 de Florida impone sentencias mínimas obligatorias cuando se usa un arma de fuego durante ciertos delitos graves: 10 años mínimo por portar un arma de fuego, 20 años mínimo por disparar el arma, y 25 años a cadena perpetua si alguien resulta herido o muerto. El juez no puede imponer menos que estos mínimos, sin importar las circunstancias. El cargo subyacente debe ser uno de los delitos específicos enumerados en el estatuto para que se apliquen los aumentos.

¿Puede un convicto poseer un arma de fuego en Florida?

No. Bajo el Estatuto 790.23 de Florida, una persona con una condena por delito grave anterior no puede poseer, portar, o tener bajo su control un arma de fuego o municiones. El cargo es un delito grave de segundo grado con hasta 15 años de prisión. Las condenas de otros estados y las condenas federales también cuentan. Si usted fue condenado por un delito grave y es encontrado en posesión de un arma, este cargo es probable.

¿Qué pasa si el arma estaba en mi auto pero no era mía?

La posesión constructiva — conocer la presencia del arma y tener la capacidad de controlarla — puede ser suficiente para un cargo, incluso si el arma no le pertenece o no estaba en su persona. Sin embargo, la posesión constructiva es una teoría que la defensa puede impugnar. Si múltiples personas tenían acceso al vehículo, si usted no sabía que el arma estaba allí, o si el arma pertenecía a otra persona con conocimiento demostrable, estos hechos pueden debilitar el caso del estado.

¿Se puede impugnar el registro que encontró el arma?

Sí. Si las fuerzas del orden realizaron una parada de tráfico sin causa probable, realizaron una búsqueda sin una orden válida o sin una excepción legal a la orden, o excedieron el alcance de un registro consentido, una moción para suprimir puede resultar en que el arma sea excluida como evidencia. Sin evidencia del arma, el cargo con frecuencia no puede proceder. El análisis de cómo se condujo la parada y el registro es uno de los primeros pasos en cualquier caso de armas.

¿Atienden casos de armas en español?

Sí. Arrieta Law representa a clientes de todos los orígenes y las consultas en español están disponibles. Hablamos Español. Si usted o un familiar enfrenta cargos por armas en Jupiter o el Condado de Palm Beach y prefiere comunicarse en español, llame ahora para una consulta confidencial.

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